Para la práctica 7 (7 y 8), no importa lo
que os dijera el cliente (no confundir con
la práctica ejemplo que se hizo en clase), respetad
todo lo de la sub-zona "El Castillo y El Caballo", tal como diga
la norma escrita en el PGOU, en especial lo relativo a las
distancias a los linderos y fachadas.
Aunque el cliente os diga que edifiquéis pegado a la fachada, la
normativa especifica que la distancia de construcciones a la
fachada es de 4 metros, mayor que la del resto de los linderos.
Cuidado con esto, queremos que penséis como futuros técnicos que
no se deben fiar al 100% de la petición del cliente (en este caso el profesor), sino de la
normativa existente, garantizando un asesoramiento técnico fiable. La
responsabilidad final del proyecto es vuestra.
Recordad que las arquetas y el pozo sólo se tendrán en cuenta para la
construcción de la nave y la alberca, para el resto se despreciará
su existencia.
El cliente tan sólo nos impone el criterio de superficie de
parcelas y otras necesidades, anchura de caminos, etc...
El resto es cosa vuestra... y del PGOU.
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